Buenaventura conserva la Categoría Primera para el año 2016
Tal como lo dice el artículo 2 de la Ley 617 de 2000, los Distritos y Municipios se categorizarán atendiendo los ingresos corrientes de libre destinación y la cantidad de población, además de un gasto que no puede superar el 65 %, el Distrito de Buenaventura se mantiene en la Categoría Primera para el año 2016.