Presidente sancionó ley que expide régimen para distritos
Dice el artículo 131 de la Ley 1617 o de Distritos que fue sancionada el 5 de febrero por el Presidente Juan Manuel Santos, que “A partir de la vigencia de esta ley, los distritos participarán con voz y voto en iguales condiciones que los departamentos de que hacen parte, en todas las instancias administrativas colegiadas que tengan jurisdicción sobre su territorio. Sin lugar a dudas es de vital importancia para el Distrito de Buenaventura de cara a obtener recursos para proyectos de regalías.