La Ley 1801 del 29 de Julio de 2016 por la cual se expidió el “Código Nacional de Policía y Convivencia”, desempeñando un papel fundamental en la sociedad nos ha permitido crear un ambiente de convivencia y respeto hacia los demás; la Policía Nacional ha venido implementando en todos los municipios de nuestro departamento la cultura, el respeto a los espacios de convivencia que son de todos los ciudadanos.
Es un proceso que se ha realizado concienzudamente y de forma profesional, nuestro personal policial en cada una de sus especialidades está comprometido con este objetivo de llegarle a toda la ciudadanía y con la educación, la prevención y el ejemplo; hacer ver que sí cada uno de nosotros pone su grano de arena, podremos construir una sociedad basada en el respeto a los demás y la solidaridad con nuestro prójimo.
Durante este año de vigencia del Código Nacional de Policía y Convivencia en el departamento del Valle del Cauca, se impusieron 11.268 medidas correctivas de las cuales 4.273 fueron educativas, siendo la conducta de “Consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en estadios, coliseos, centros deportivos, parques, hospitales, centros de salud y en general, en el espacio público, excepto en las actividades autorizadas por la autoridad competente” la más sancionada con la imposición de 2700 medidas correctivas, seguida de “Reñir, incitar o incurrir en confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas” con 1435 medidas correctivas.
A pesar de estas cifras se logró un parte positivo de personas heridas en riñas, donde se notó una reducción del 10 % (458 personas menos que el año 2016), igualmente se mejoró la convivencia en parques y demás zonas comunes, donde las personas pueden transitar tranquilamente sin tener que aguantar a otros consumiendo alcohol o alucinógenos, se nota un mayor cuidado con las mascotas por parte de sus dueños, etc.
Aunque algunas personas han sido reiterativas en hacer caso omiso al cumplimiento del Código Nacional de Policía y Convivencia, donde tenemos casos especiales como en el municipio de Toro, en donde a un ciudadano se le han impuesto siete (7) medidas correctivas por distintas infracciones al CNPC, igualmente en todo el departamento se han sancionado a siete (7) ciudadanos con 5 medidas correctivas a cada uno.
Además, debemos recordar que una medida correctiva conlleva al cumplimiento de pago de una multa, de no realizar este pago o cumplir la sanción impuesta, están sujetos a las siguientes consecuencias:
*Dentro del primer mes: cobro interés moratorio tributario vigente.
*Reporte al Registro Nacional de Medidas Correctivas.
*Después noventa (90) días, cobro coactivo con interés de mora y costos del cobro coactivo.
Después de seis (6) meses la persona no podrá:
1. Obtener, renovar permiso tenencia o porte de armas.
2. Ser nombrado, ascendido en cargo público.
3. Ingresar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública.
4. Contratar, renovar contrato con cualquier entidad del Estado.
5. Obtener, renovar registro mercantil cámaras de comercio.
Menores de 18 años:
Parágrafo: En el caso de que el responsable del comportamiento contrario a la convivencia susceptible de multa sea menor de dieciocho (18) años la multa debe ser pagada por quien detente la custodia o patria potestad.
Continuaremos trabajando de la mano con la comunidad, velando por la tranquilidad y seguridad de todos los vallecaucanos, con el trabajo mancomunado de todas nuestras instituciones lograremos una mejor convivencia basada en el respeto y tolerancia.
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