Un nuevo capítulo en la novela Unipacífico
Campus Unipacífico. Foto archivo.
En la reciente visita de la ministra de Educación a Buenaventura, ésta se manifestó en pro del respeto de la institucionalidad y gobernabilidad en la Alma Máter y pidió acompañamiento de los órganos de control, pero sin tener en cuenta los cuatro fallos judiciales que ratifican la suspensión del actual rector Florencia Candelo Estacio, mientras se le realiza una investigación.
Dice la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Buga en apartes de la sentencia T013 de 2014 que “el Consejo Superior de la Universidad del Pacífico tiene la competencia para expedir, adelantar actuaciones administrativas que competan con el funcionamiento de la universidad y en este caso estaba facultado para decretar la suspensión provisional del rector”.
Más abajo dice que “la entidad accionada realizó el procedimiento apegado a la legalidad y concedió al actor la oportunidad de recurrir la Resolución Superior No. 01 del 8 de noviembre de 2013, de donde se puede aseverar que no se presentó vulneración del derecho fundamental al debido proceso”.
En la sentencia igualmente la Sala Laboral del Tribunal Superior de Buga, afirma que “si el accionante considera que el acto mediante la cual fue suspendido provisionalmente es contrario a derecho, esta colegiatura estima que cuenta con otros mecanismos de defensa para enervar la decisión tomada por el Consejo Superior de la Universidad del Pacífico, los que pudo hacer valer en su oportunamente ante la autoridad investigadora y ya en firme el acto administrativo de carácter personal, puede demandarla por vía de la acción de nulidad y restablecimiento de derecho; por lo tanto mal puede haber, a través del amparo deprecado, pretender que se revivan las oportunidades perdidas; por consiguiente, su caso debe exponerlo ante la jurisdicción contenciosa administrativa”.
Lo anterior solo deja claro que la novela en la Universidad del Pacífico va para largo y se espera que el rector Florencio Candelo Estacio apele la decisión del Tribunal Superior de Buga y, por consiguiente, se pase a revisión de la Corte Constitucional el fallo de tutela.