Para ello, el titular de esta cartera, Jesús Hernán Rodríguez Gamboa, manifestó que las empresas de transporte habilitadas deberán suministrar al DAS la relación de los conductores que manejan sus equipos, con el propósito de establecer el cronograma para la expedición del pasado judicial.
De igual forma, tanto los conductores como los propietarios de los vehículos en el momento del censo, deberán presentar:
• La tarjeta de conducción.
• Fotocopia de la cédula
• Tarjeta de propiedad del vehículo
• El seguro del vehículo y contra terceros
• En el momento del censo deben estar presentes el conductor y el dueño del vehículo
Agregó, que el pasado judicial será exigido a los conductores en el momento de censar el vehículo. Además, los vehículos se censarán de acuerdo con el día que le corresponda el PICO y PLACA.
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