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La Superintendencia de Industria y Comercio anunció que impuso una nueva sanción pecuniaria a la compañía de telefonía móvil por publicidad engañosa. Esta vez, se trata de la difusión de sus servicios de internet móvil.
Según la entidad, la propaganda que utilizaba el operador Comcel en sus anuncios indicaba que los servicios de internet móvil se prestaban de forma ilimitada y con una velocidad de 3.5 GB. Sin embargo, en la letra pequeña se explicaba que después de descargar 3 gigas de información, la velocidad se reduciría drásticamente a 128K, lo que la SIC calificó como una limitación importante al servicio de internet.
La Superintendencia señaló que cuando se está ofreciendo un servicio de carácter ilimitado, se refiere explícitamente a algo que no tendrá ningún tipo de límites, por lo que no se debe agregar ningún mensaje en letra pequeña que contradiga el aviso inicial de la página.
Así mismo, la SIC informó que en caso de que existan condiciones y restricciones a algunos de los servicios, esto se debe informar en la publicidad, para que los clientes "no sean conducidos a un error".
Esta es la segunda sanción que la SIC impone a Comcel por publicidad engañosa en menos de un mes. La anterior tenía que ver con la venta de módems de internet móvil, de los que según informaba la publicidad de la compañía, el cliente no debía asumir ningún costo y al final terminaba pagando una factura con el valor del IVA. Ese pago, dijo entonces la Superindustria, no se especificaba en ningún lugar de la publicidad, por lo que la calificó de engañosa.
Fuente: larepublica.co
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