Abr 20, 2024

La Gobernación del Valle extendió las medidas de toque de queda y ‘Pico y cédula’ hasta el 20 de enero de 2021

  • Ene 14, 2021
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La Gobernación del Valle extendió las medidas de toque de queda y ‘Pico y cédula’ hasta el 20 de enero de 2021

 

Con el propósito de reducir la velocidad de contagio de COVID-19 en el departamento, preservar la vida, la seguridad y la salud de los vallecaucanos, la Gobernación del Valle del Cauca extendió hasta el 20 de enero de 2021, las medidas transitorias de orden público que rigen para 40 municipios, excepto los distritos especiales de Cali y Buenaventura.

 

De acuerdo con el decreto 1-17-0052, que deroga al anterior, se mantienen el toque de queda y el ‘Pico y cédula’, pero se ajustan algunos horarios. Camilo Murcia, secretario de Convivencia y Seguridad Ciudadana del Valle, dijo que atendiendo la situación actual por la pandemia se han actualizado las medidas, pero es necesario que los habitantes de municipios como Palmira, Buga y Cartago, tengan en cuenta las medidas especiales adoptadas por los mandatarios atendiendo los altos porcentajes de ocupación de las camas UCI.

 

De esta manera, precisó que la medida de toque de queda regirá desde hoy 13 de enero a partir de las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente. El mismo horario regirá para el jueves 14 de enero de 2021.

 

Para el caso del viernes 15 y sábado 16 de enero la medida se aplicará desde las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente; mientras que del domingo 17 de enero hasta el miércoles 20 de enero de 2021, la medida regirá nuevamente entre las 10:00 p.m. a las 5:00 a.m. del día siguiente. Cabe destacar que no habrá toque de queda continuo.

 

 El ‘Pico y cédula’, que rige desde este 13 de enero con cédulas que terminan en número impar, también irá hasta el 20 de enero de 2021, y se intercala cada día entre los números pares e impares. El jueves 14 podrán ingresar a establecimientos comerciales las personas con cédula terminada en par.

 

Entre las actividades que quedan prohibidas durante la implementación de las medidas se encuentran: Promover, difundir y realizar eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas de conformidad con las disposiciones y protocolos expedidos por el Ministerio de Salud y de Acción Social. No está permitida la actividad en discotecas y lugares de baile, así como el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimiento de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.