Jun 22, 2025

DIAN perfila a los grandes contribuyentes del país

  • Jan 27, 2014
  • Jan 28, 2014
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, mediante Resolución 000027 del 23 de enero de 2014, caracterizó las condiciones y el procedimiento para determinar la calificación de los Grandes Contribuyentes del país.


De acuerdo con esta Resolución serán calificados como Grandes los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios del régimen tributario general u ordinario, que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones:

 

  1. Que sus activos fijos declarados en el impuesto de renta y complementarios sean superiores a 3.000.000  UVT.
  2. Que su patrimonio líquido declarado en el impuesto de renta y complementarios sea superior a 3.000.000  UVT.
  3. Que sus ingresos brutos en el impuesto de renta y complementarios sean superiores a 2.000.000  UVT.
  4. Que el valor del total impuesto a cargo declarado en el impuesto de renta y complementarios sea superior a 35.000  UVT.
  5. Que el total anual de retenciones informadas en sus declaraciones mensuales de retenciones en la fuente, sea superior a 300.000  UVT
  6. Que el total anual del impuesto generado por operaciones gravadas, formulario 300, sea superior a 200.000  UVT.
  7. Que el valor CIF de las importaciones sea superior a US$10 millones de dólares de Norteamérica.
  8. Que el valor FOB de las exportaciones sea superior a US$10 millones de dólares de Norteamérica.

 

Resolucion DIAN 000027 de 2013 (144.5 Kb)Resolucion DIAN 000027 de 2013 (144.5 Kb)

 

La DIAN aclaró que podrá retirar esta calificación a los contribuyentes, responsables o agentes retenedores que se encuentren: intervenidos, en proceso de liquidación, en proceso de concordato, acuerdo de reestructuración o reorganización, o aquellos que no se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias.

 

También podrá hacerlo con aquellos contribuyentes sancionados en el último año por incumplimiento de los deberes de facturar e informar o por hechos irregulares en la contabilidad.

 

La DIAN dará a conocer antes del 1 de febrero de 2014, los nombres y razón social, así como el número total de contribuyentes que conforman este grupo.

 

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