Abr 19, 2024

Colombia Compra Eficiente expide la circular 24 sobre las prohibiciones para ejecutar recursos por elecciones

  • May 15, 2017
  • 406

 

Colombia Compra Eficiente expide la circular 24 sobre las prohibiciones para ejecutar recursos por elecciones

 

Colombia Compra Eficiente, como ente rector del Sistema de Compra Pública, expidió la Circular Externa No. 24 en la que recuerda a los funcionarios públicos las prohibiciones para ejecutar recursos públicos durante el período previo a las elecciones de 2018, de acuerdo con la Ley de Garantías, Ley 996 de 2005.

 

La circular establece que la Ley de Garantías prohíbe a los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de Entidades Estatales del orden municipal, departamental y distrital celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos durante los cuatro (4) meses anteriores a cualquier elección.

 

En consecuencia, y de acuerdo con el Calendario Electoral, a partir del 11 de noviembre de 2017 y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido, los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital tienen prohibido celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos, sin importar la naturaleza o el orden nacional o territorial de la otra entidad contratante.

 

Así mismo, la circular recuerda la prohibición que tienen las Entidades Estatales de celebrar contratos en la modalidad de contratación directa durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido. De acuerdo con el calendario electoral la primera vuelta de las próximas elecciones presidenciales es el domingo 27 de mayo de 2018. En consecuencia, a partir del 27 de enero de 2018 y hasta la fecha en la cual el Presidente de la República sea elegido, las Entidades Estatales tienen prohibido contratar directamente.

 

El artículo consagra excepciones para los contratos relativos a la defensa y seguridad del Estado, crédito público y los requeridos para atender emergencias y para la reconstrucción de infraestructura afectada por acciones terroristas, desastres naturales o eventos de fuerza mayor. Esta prohibición cobija a todos los entes del Estado, sin importar su régimen jurídico, forma de organización o naturaleza, pertenencia a una u otra rama del poder público o su autonomía.

 

La Circular 24, expedida hoy y firmada por la directora de Colombia Compra Eficiente, María Margarita Zuleta, da alcance a la Circular 3 del 16 de agosto de 2013 expedida por la Agencia.